Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VeriFactu: Guía completa 2025–2026

Los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), como VeriFactu, serán obligatorios desde 2026 para autónomos y empresas en España. Descubre qué son, cómo funcionan, quién está obligado y qué sanciones prevé la normativa.

8/16/20253 min read

Con el fin de combatir el fraude fiscal y garantizar la integridad y trazabilidad de las facturas, la Agencia Tributaria ha aprobado la implementación de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF).

Estos sistemas, regulados por la Ley 11/2021 (Ley Antifraude), el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, serán obligatorios a partir de 2026 para la mayoría de empresas y autónomos en España.

Los contribuyentes podrán optar por:

  • El sistema gratuito VeriFactu de la AEAT.

  • Otros programas de facturación homologados, siempre que cumplan los requisitos técnicos exigidos.

Qué son los Sistemas Informáticos de Facturación
Un SIF es cualquier programa, aplicación o herramienta que se utilice de forma habitual para emitir, registrar, conservar y gestionar facturas.
Estos sistemas deben garantizar que:
  • La factura no pueda alterarse una vez emitida.
  • Los registros se conserven el tiempo legalmente exigido.
  • Los datos sean accesibles y legibles tanto para el contribuyente como para la AEAT.
  • Cada factura sea trazable, desde su creación hasta su conservación.
  • Cualquier intento de modificación quede registrado.

Tipos de sistemas: VeriFactu y no verificables
  • Sistemas VeriFactu: opción gratuita de la AEAT. Se consideran verificables porque remiten automáticamente cada factura a Hacienda, incluyendo la leyenda “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” y un código QR.

  • Sistemas no verificables: almacenan internamente los datos y sólo se remiten a Hacienda si hay un requerimiento. Deben cumplir requisitos técnicos más estrictos y el proveedor debe emitir una declaración responsable que lo certifique.

👉 Ejemplos: software como Holded, Sage o A3ERP. Incluso el uso sistemático de una hoja de cálculo o procesador de textos puede considerarse SIF, según la Consulta Vinculante V2653-24 de 27-12-2024.

Quién está obligado a usar un SIF

De acuerdo con el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, deberán adaptarse a un SIF autorizado:

  • Empresas contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, salvo entidades totalmente exentas.

  • Autónomos en IRPF que desarrollen actividades económicas.

  • Contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente en España.

  • Entidades en régimen de atribución de rentas con actividad económica (p. ej. comunidades de bienes o comunidades de propietarios).

Quién está excluido
  • Contribuyentes que usan el Suministro Inmediato de Información (SII).

  • Los que tributan en régimen de agricultura, ganadería y pesca, recargo de equivalencia o simplificado de IVA, siempre que no estén obligados a emitir factura.

  • Contribuyentes con autorización especial de la AEAT por razones técnicas.

  • Arrendadores de inmuebles que declaran rendimientos de capital inmobiliario.

Fechas clave de entrada en vigor
  • 29 julio 2025 → fabricantes de software deben cumplir requisitos técnicos.

  • 1 enero 2026 → empresas sujetas a Impuesto sobre Sociedades.

  • 1 julio 2026 → autónomos y resto de obligados.

Sanciones por incumplimiento

No adaptarse a la nueva normativa puede salir caro:

  • 50.000 € por ejercicio fiscal: uso de software no homologado.

  • 10.000 €: por no ofrecer facturación electrónica o negar el acceso a facturas electrónicas a clientes.

💡 Consejo: asegúrate de que tu proveedor de software te entregue la certificación de cumplimiento.

Aspectos clave a tener en cuenta
  • VeriFactu es ideal para pymes y autónomos con pocas facturas anuales que no quieran invertir en software privado.

  • Si optas por VeriFactu, al iniciar la remisión de facturas se entiende que quedas dado de alta y debes mantenerlo hasta el 31 de diciembre de ese año.

  • Usar VeriFactu puede reducir la probabilidad de inspecciones, frente a los sistemas no verificables.

  • En caso de comprobación, Hacienda puede exigir acceso inmediato y completo al sistema informático (incluyendo usuarios, contraseñas y claves).

Los Sistemas Informáticos de Facturación supondrán un cambio profundo en las obligaciones de pymes y autónomos en España. Prepararse con tiempo evitará sanciones y facilitará la transición hacia un sistema más seguro, transparente y digitalizado.

👉 Si tienes dudas sobre si te afecta o cómo adaptarte, contacta con tu asesor fiscal o completa el Formulario de Contacto de FISCALTIP. Te ayudaremos a cumplir la normativa sin complicaciones.